Abordamos la duda sobre sobre si se puede aparcar una autocaravana en la calle y cuándo es posible recibir una multa por hacerlo.
Tanto si es se trata de alguien interesado en adentrarse en el mundo del caravaning como si se trata de un usuario novel, e incluso, si ya se ha disfrutado de una estancia en una de estas casas rodantes pero en lugares habilitados para acampar, la pregunta sobre si es posible estacionar una autocaravana en vía púbica es recurrente… hasta que se sale de dudas.
Para salir de dudas hemos consultado a diferentes autoridades y la respuesta ha sido la misma: aparcar una autocaravana en la calle es legal.
Posiblemente, gran parte de la confusión proceda a partir de distinguir si una autocaravana está aparcada en una calle o se está ejerciendo una acampada en vía pública. En caso de que sea demostrable que se realiza un estacionamiento, la normativa nacional remite a las autoridades locales.
Todas estas fuentes consultadas nos remiten al mismo documento para salir de dudas y no es otro que el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
En su artículo 93, punto 1, se añade que:
Artículo 93. Ordenanzas municipales.
1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal (…)
Entonces, ¿cuándo te pueden multar por aparcar una caravana en la calle? Pues cuando se incumpla la ordenanza municipal de donde se halle estacionado, por ejemplo, cuando supere el plazo máximo que cualquier vehículo tenga permitido hacerlo.
Se puede aparcar en la calle una autocaravana sin ser multado, o cualquier otro vehículo que así recoja la ordenanza municipal, siempre y cuando no se supere el periodo máximo que la ordenanza municipal establezca como tiempo permitido para estacionar un vehículo en el mismo lugar.
¿Cuánto tiempo se puede aparcar un vehículo en la calle?
Por ejemplo, el tiempo máximo de días que se puede aparcar en Madrid un vehículo en el mismo sitio, siempre y cuando sea un estacionamiento fuera de la zona SER, es de hasta 5 días hábiles consecutivos. En otras localidades, el máximo llega a 7 naturales e, incluso, otros establecen un máximo de 30.